viernes, 28 de noviembre de 2014

¿Por qué la Iglesia no acepta el divorcio y sí la nulidad matrimonial?

¿Por qué la Iglesia acepta la nulidad matrimonial y no el divorcio? ¿No es la nulidad una forma de divorcio "a la católica"? Estas dos preguntas suelen presentarse con regularidad en la vida de muchas personas.

Ante todo debemos aclarar contextos y conceptos. El contexto del divorcio es el civil del cual, generalmente, se ocupa el Estado como una forma de regular la vida de sus ciudadanos. Se habla de "declaración de nulidad matrimonial" en ámbito eclesial católico. El significado de ambos términos, sin embargo, no es equivalente.

Mientras por divorcio se entiende la disolución por sentencia del matrimonio (con cese efectivo de la convivencia conyugal) la "declaración de nulidad matrimonial" supone el reconocimiento público de la Iglesia de que dos personas, en realidad, nunca estuvieron casadas.

La casuística para llegar a un veredicto de este tipo por parte de la Iglesia es amplio. Ciñéndonos a algunas de las motivaciones más comunes pueden encontrarse la de imposibilidad de engendrar hijos (con desconocimiento de la otra parte contrayente), la no intención de fidelidad perpetua en matrimonio monógamo, el no querer hacer y entender con el matrimonio lo que hace y entiende la Iglesia católica, casarse por amenaza, etc. Las diócesis suelen estar dotadas de juzgados ante los cuales se tratan los casos de las personas que buscan el reconocimiento de nulidad matrimonial.

Como se puede advertir, divorcio y declaración de nulidad matrimonial no son lo mismo. El primero supone romper una realidad existente y el segundo reconocer que, de hecho, es realidad matrimonial nunca existió.

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